Desde el 24 de diciembre Argentina aplica un régimen de Licencias de Importación (LI) que pueden ser Automáticas (LAI) o no automáticas (LNAI), en sustitución de las DJAI. Ver aquí la resolución 5/2015 del Ministerio de Producción.
Las licencias se solicitan previo a la importación completando un formulario web a través del Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI).
Los productos alcanzados por LNAI son los detallados en los anexos II a XVIII de la resolución; cada anexo establece la información adicional que deberá presentarse en un plazo de 10 días a partir de realizada la solicitud de licencia.
A los demás productos les corresponde gestionar LAI.
La norma no explicita qué plazos tendrá la autoridad competente para expedirse, por lo que serán de aplicación los establecidos por la OMC (para LAI 10 días hábiles y para LNAI 30 días si las solicitudes se examinan a medida que se reciban, o 60 días si todas las solicitudes se examinan simultáneamente). Los productos alcanzados pertenecen a los sectores papel, cartón y sus manufacturas; juguetes; electrodomésticos; calzados; neumáticos; vehículos y sus partes; textiles y confecciones; artículos de cuero; artículos de hierro, acero y aluminio; herramientas; máquinas y aparatos; plásticos; madera contrachapada; impresos; transformadores; asientos, muebles y sus partes; vidrio de seguridad y cierres de cremallera; entre otros.
Se exceptúan del régimen de LI las mercaderías con franquicias de derechos y tributos (art. 7º), por ejemplo las muestras y las provenientes de Áreas Especiales.
A los efectos de evaluar el funcionamiento del nuevo sistema, la UEU agradece enviar sus comentarios a jcarminati@uniondeexportadores.com.uy.
Fecha: 04/01/2016